Sentencia 889-20-JP/21

Límites del juicio coactivo contra personas en situación de vulnerabilidad

P1: La Corte, en sentencia de revisión, examinó la problemática de una mujer adulta mayor con discapacidad, cuyo único ingreso era una pensión de montepío, a quien se le interpuso una medida cautelar dentro de un juicio coactivo iniciado por la Corporación Nacional de Telecomunicaciones, CNT. La afectada presentó una acción de protección que le fue negada, sin analizar la vulneración de derechos alegados, lo cual afectó su derecho a la tutela judicial efectiva.

P2: En voto de mayoría, la Corte analizó el alcance del juicio coactivo en relación con los derechos de personas en situación de vulnerabilidad; desarrolló los derechos a la atención prioritaria y especializada, a la pensión de montepío en función de estándares internacionales, a acceder a servicios públicos de calidad, eficientes y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre el contenido y características del cobro de una deuda. Enfatizó que el Estado vulnera la Constitución cuando incumple la prohibición de cesar, embargar o retener prestaciones del seguro social.

P3: Entre las medidas de reparación, dispuso que CNT, en coordinación con la Defensoría del Pueblo, realicen las gestiones necesarias para cumplir con la prohibición constitucional de cesar, embargar o retener prestaciones del seguro social; y que el Consejo de la Judicatura y la Defensoría, difundan esta sentencia entre los funcionarios públicos.

P4: El juez Enrique Herrería Bonnet, en su voto concurrente, discrepó con la argumentación de la sentencia de mayoría, relacionada con la presunta vulneración del derecho a acceder a servicios públicos de calidad.