Exenciones en el régimen tributario de las personas adultas mayores y de las personas con discapacidad
P1: La Corte Constitucional desestimó la acción presentada en contra de la Reforma a la Ordenanza que regula la Aplicación, Cobro y Exoneración de Contribuciones Especiales de Mejoras en el cantón San Pedro de Pelileo – Tungurahua, referente a las exenciones tributarias para las personas adultas mayores y personas con discapacidad y el principio de irretroactividad de la ley tributaria.
P2: La CCE no encontró que la normativa impugnada sea incompatible con el derecho constitucional a exenciones en el régimen tributario de las personas adultas mayores y de las personas con discapacidad. Al contrario, advirtió que contempla, de manera expresa, beneficios tributarios para el caso de que el contribuyente obligado al pago de las contribuciones especiales de mejoras sea una persona adulta mayor, con discapacidad o con alguna condición de salud grave.
P3: Así mismo, la CCE descartó que la normativa impugnada sea incompatible con el principio de irretroactividad del régimen tributario, pues lo que hace es condicionar el ejercicio de la facultad recaudadora municipal para el cobro de las contribuciones especiales, a que la obra haya sido entregada mediante un acta de entrega – recepción definitiva y se haya realizado la liquidación total.
P4: Además, afirmó que hay una afectación retroactiva sustantiva de un tributo, cuando se le modifican sus elementos configurativos y se lo aplica a situaciones del pasado, de tal forma que se generen nuevas consecuencias económicas respecto a hechos pasados.