Sentencia 41-17-IN/21

Constitucionalidad de la norma que establece el valor máximo para la liquidación del Fondo de Cesantía y Mortuoria a los empleados de la Comisión de Tránsito del Guayas

P1: La CCE desestimó la acción pública de inconstitucionalidad planteada en contra del libro III y de la Disposición Transitoria Vigésima Cuarta, del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público. La disposición transitoria establece el monto máximo a entregar para la liquidación del Fondo de Cesantía y Mortuoria de los empleados de la Comisión de tránsito del Guayas; y, determina que su excedente pasará a formar parte de un Fondo Complementario.

P2: La parte accionante alegó que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva, porque a pesar de haber aportado por varios años al Fondo de Cesantía, no se ordenó la entrega íntegra, más intereses, del monto que han logrado recaudar.

P3: La CCE observó que no se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, ya que la disposición transitoria impugnada en nada se refiere a regulaciones procesales en la administración de justicia, ni al debido proceso que debe ser observado en la tramitación del procedimiento o a la ejecución efectiva de una decisión.

P4: Finalmente, la CCE reiteró que mediante la acción planteada no procede resolver sobre la aplicación de las normas jurídicas en situaciones específicas, puesto que aquello es ajeno al control abstracto de constitucionalidad, en el que corresponde analizar si la norma impugnada está en contradicción o no con la Constitución.