Sentencia 25-20-IS/20

Entrega de medicamentos por parte del IESS

La Corte Constitucional declaró el cumplimiento parcial de la sentencia que aceptó una acción de protección y ordenó al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y al Hospital Carlos Andrade Marín (HCAM) no dejar de suministrar el medicamento nilotinib a los pacientes que sufren de leucemia mieloide crónica y mantener provistas a las farmacias del medicamento para evitar el desabastecimiento.

La Corte evidenció que, pese a que los pacientes recibieron atención especializada, dejaron de recibir el medicamento de enero a junio de 2019 y, posteriormente de febrero a mayo de 2020, por lo que dispuso al IESS y HCAM planificar oportunamente la adquisición del medicamento y que se entregue de forma continua y oportuna.

Entre otras medidas, dispuso mantener una línea de diálogo con las personas pacientes e informarles semestralmente sobre las dosis existentes en farmacia. Además, dispuso a la jueza de instancia continúe con la ejecución de esta sentencia, pudiendo ordenar que se inicien las acciones de tipo administrativo, civil y penal en contra de los servidores responsables de suspender el suministro de la medicación.