Sentencia 228-17-EP /21

Forma de proceder cuando en la demanda constan pretensiones compatibles e incompatibles con el procedimiento

La Corte Constitucional declaró que en la sentencia de apelación que resolvió la inadmisión de la demanda de despido ineficaz —por considerar que la actora propuso pretensiones diversas que requieren distinta sustanciación—, vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva, al impedirle presentar una nueva demanda debido al vencimiento del término establecido en las normas procesales pertinentes.

La CCE determinó que la inadmisión de toda la demanda, sin considerar aquellas pretensiones relacionadas con el objeto de la acción de despido ineficaz, provocó que, en la práctica, la accionante se vea impedida de acceder a la justicia para obtener una respuesta respecto de su reclamo.

Como medidas de reparación, dejó sin efecto la decisión impugnada y dispuso retrotraer los efectos hasta el momento anterior a la vulneración de derechos, a fin de que, previo sorteo, otros jueces conozcan y resuelvan el recurso de apelación interpuesto, observando los criterios emitidos en la sentencia.