Legitimación procesal y ratificación de gestiones por parte de entidades públicas
P1: La Corte declaró la vulneración de los derechos al debido proceso en las garantías de cumplimiento de las normas y a recurrir, así como de la seguridad jurídica en el auto de nulidad impugnado, que dispuso se tenga como no presentado el recurso de casación por falta de ratificación de gestiones de la administración tributaria.
P2: Respecto de la legitimación, en procesos contencioso tributarios, por parte de entidades públicas, señaló que, ni la comparecencia de un nuevo titular ni un nombre distinto del cargo público pueden romper la relación jurídica procesal, por lo que, en el caso concreto, el rechazo arbitrario de la ratificación de gestiones y la consecuente nulidad constituyeron un obstáculo ilegítimo para proceder a la calificación del recurso de casación interpuesto.
P3: Como medidas de reparación, dejó sin efecto el auto de nulidad impugnado, así como los actos posteriores, y dispuso que un nuevo tribunal califique el recurso de casación presentado, teniendo en consideración la ratificación de gestiones efectuada por el economista Antonio Avilés Sanmartín, en su calidad de Director Zonal 8 del Servicio de Rentas Internas.