Sentencia 794-21-EP/24

Aplicación temporal de los precedentes judiciales en sentido estricto.

Acción extraordinaria de protección (EP) presentada en contra de la sentencia de apelación que aceptó la acción de protección (AP) propuesta contra el Consejo de la Judicatura (CJ) por la destitución de un agente fiscal por haber incurrido en manifiesta negligencia dentro de una indagación previa. 

La Corte verificó que la sentencia 234-18-SEP-CC contiene una regla de precedente de efectos erga omnes, y precisó que las reglas de precedente en las que se examina la violación de principios o derechos constitucionales deben ser acatadas desde su expedición, ya que los precedentes jurisprudenciales en sentido estricto emitidos por la Corte son elaboraciones interpretativas el ordenamiento jurídico orientadas a resolver una controversia judicial.

La Corte determinó que los precedentes jurisprudenciales en sentido estricto son extensibles, tanto para casos futuros, como para los que se encuentran en trámite, ya que pueden ser empleados como fuente de justificación jurídica para las sentencias y autos en los procesos judiciales, incluso si la decisión ha sido dictada de manera posterior al inicio del proceso, siempre y cuando el mismo no haya concluido. 

En el caso concreto, la Corte evidenció que, al momento en el que la Sala Provincial aplicó la regla de precedente, no existían situaciones jurídicas consolidadas que hayan sido declaradas judicialmente en algún fallo que hubiese causado cosa juzgada definitiva, por tanto, descartó la alegada violación del derecho constitucional a la seguridad jurídica.