La Corte Constitucional del Ecuador declaró la inconstitucionalidad del descuento del 2,76% de las pensiones de los jubilados y pensionistas, por contravenir el principio de intangibilidad de las prestaciones, y ordenó su suspensión inmediata.
También, dispuso al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que, en el plazo de ciento ochenta (180) días, sobre la base de estudios actuariales actualizados, reforme la tabla de aportaciones para el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, que contemple el financiamiento de la decimotercera y decimocuarta pensión, así como el auxilio de funerales, durante la vida activa del afiliado. Esta reforma procurará el equilibrio financiero del fondo de pensiones sin afectar el resto de los seguros administrados por el IESS.