Boletín Nº 168
El juez constitucional Alí Lozada Prado sustanciador del caso Nº 0029-17-IS Acción de Incumplimiento de Sentencia, convocó a las partes procesales a audiencia pública, a realizarse el lunes 9 de septiembre de 2019, a las 08:00 horas, en la Sala de Audiencias de la Corte Constitucional, en la ciudad de Quito.
La presente Acción de Incumplimiento de Sentencia fue presentada por Luis Alfredo Hidrobo Mosquera, en la que solicita el cumplimiento de la sentencia dictada el 07 de julio de 2005, por el Juzgado Décimo Primero de lo Civil de Pichincha en la causa N° 17311-2005-0260.
Conforme indica la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional:
Art. 163.- Incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de incumplimiento ante la Corte Constitucional.
Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la Judicatura, según corresponda.
En los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte Constitucional, se podrá presentar la acción de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma Corte.