Sentencia 99-22-IN/26

Inconstitucionalidad del requisito de reiteración en la configuración del acoso laboral

La Corte conoció una acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo innumerado a continuación del artículo 46 del Código del Trabajo que regula el concepto de “acoso laboral”, específicamente en lo relativo al requisito de que las conductas sean reiteradas.

Como resultado, la Corte declaró la inconstitucionalidad aditiva de la norma, es decir, decidió modificar su alcance incorporando un criterio adicional para que la misma sea compatible con la Constitución.

Sobre la vigencia de la norma impugnada:

En cuestión previa, la Corte confirmó si la norma seguía vigente; e identificó una disposición relacionada en la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), que reproduce el contenido sobre violencia y acoso laboral. Por esta razón, la Corte determinó que procedía el análisis de ambas normas de manera conjunta, al existir una unidad normativa

¿Qué analizó la Corte?

En su análisis, la Corte examinó el alcance del derecho a trabajar en condiciones dignas y libres de violencia, tomando en cuenta tanto la Constitución como estándares internacionales, en particular el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece medidas para prevenir y erradicar la violencia y el acoso en el mundo laboral.

En consecuencia, la Corte concluyó que la protección frente al acoso laboral no se limita únicamente a conductas repetidas. Si bien es común que el acoso se manifieste de una forma reiterada, el problema de la norma impugnada es que, por la forma en que está redactada, puede interpretarse como si la reiteración fuera un requisito indispensable. Esto podría dejar sin protección a situaciones graves que ocurren una sola vez, pero que igualmente afectan la dignidad de la persona trabajadora.

La Corte consideró que esta interpretación resulta incompatible con la obligación del Estado de garantizar condiciones de trabajo acordes con la dignidad humana, así como con los estándares internacionales vigentes. En consecuencia, concluyó que exigir la reiteración como condición absoluta restringe indebidamente la protección contra el acoso laboral.

¿Qué determinó la Corte?

En ese sentido, la Corte declaró la inconstitucionalidad de la norma en la medida en que limita el acoso laboral a conductas reiteradas, y dispuso una interpretación aditiva: en adelante, debe entenderse que la violencia y el acoso laboral pueden configurarse incluso a partir de un solo acto. Esta misma decisión se aplicó a la disposición equivalente contenida en la LOSEP.

En conclusión, la Corte amplió el alcance de la protección frente al acoso laboral, asegurando que también se reconozcan y sancionen conductas graves, aunque no sean repetidas.

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