Notificación defectuosa vulnera el derecho a la defensa
P1: En voto de mayoría, la Corte declaró que el auto de inadmisión de un recurso de casación, dictado dentro de un proceso de liquidación de haberes laborales, vulneró el derecho a la defensa de una compañía, debido a la falta de notificación del auto impugnado.
P2: La Corte constató que la judicatura demandada omitió notificar el referido auto al correo señalado por la parte accionante y notificó erradamente a un correo distinto, privándole así, de los mecanismos de defensa, tales como presentar los recursos horizontales que se crea asistida.
P3: En tal virtud, como medida de reparación dispuso retrotraer el proceso hasta antes de la notificación del mencionado auto, a fin de que se realice la respectiva notificación de forma debida.
P4: El juez Ramiro Avila Santamaría, en su voto salvado, disintió con la sentencia de mayoría por considerar que, si bien cabía declarar la violación del derecho a la defensa, la reparación debía ser únicamente el reconocimiento en sentencia de tal vulneración, en razón de la previsibilidad de los efectos jurídicos; el uso ineficiente de los recursos públicos; y, la situación jurídica consolidada.