Afectación de derechos de terceros en fase de ejecución de una sentencia
P1: En voto de mayoría, la Corte Constitucional declaró la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso en la garantía de la defensa de los accionantes, en la fase de ejecución de una sentencia adoptada dentro de un juicio ejecutivo, al evidenciar que no fueron considerados dentro del proceso como terceros con interés, lo cual impidió que fueran escuchados, pese a estar en juego sus intereses.
P2: La Corte determinó que el juez ejecutor modificó los términos de la sentencia de manera injustificada, sin un análisis previo respecto a la situación jurídica de quienes al momento de ejecución eran presuntos titulares de los bienes en litigio, pues con ello amplió las personas obligadas al cumplimiento de tal decisión.
P3: Asimismo, la Corte advirtió que el juez ejecutor tuvo conocimiento de que los titulares del derecho de dominio de los bienes en litigio eran personas distintas a las que constaban en la sentencia, por lo que debió al menos escuchar a quienes aparecían en el certificado del Registro de la Propiedad como posibles titulares del derecho, a fin de establecer si lo adquirieron de buena fe y si estaban o no obligados por sí mismos a cumplir con la obligación contenida en la decisión objeto de ejecución.
P4: Los jueces Ramiro Avila Santamaría, Agustín Grijalva Jiménez y Alí Lozada Prado, mediante voto salvado conjunto, disintieron con la sentencia de mayoría por considerar que los autos impugnados no eran objeto de EP, por no ser definitivos ni causar gravamen irreparable, en atención a la excepción a la regla de la preclusión establecida mediante jurisprudencia de este Organismo.