Sentencia 9-20-IA/20

Inconstitucionalidad de normas que atentan contra la autonomía universitaria

P1: Con voto de mayoría, la Corte declaró la inconstitucionalidad del oficio circular MEF-VFG-2020-003-C, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), exclusivamente en relación con las medidas presupuestarias aplicables a las universidades y escuelas politécnicas públicas, y del artículo único numerales 1, 2, 3 y 5 de la Resolución RPC-SO-012-No.238-2020, emitida por el Consejo de Educación Superior (CES).

P2: Expuso que la circular del MEF entra en contradicción con la autonomía universitaria académica, administrativa y financiera garantizada en la CRE. Determinó que el artículo único, numerales 1, 2, 3 y 5 de la resolución impugnada, que regula la actividad y contratación docente, inobserva los principios de calidad, mejoramiento pedagógico y académico del personal docente, reconocidos en la CRE.

P4: Dispuso que todas las medidas económicas o académicas, que emitan el MEF o el CES, aplicables a las instituciones de educación superior públicas, deben observar la autonomía universitaria, la calidad de la educación superior, y el principio de progresividad, entre otros. Además, instó a las entidades de educación superior a optimizar el gasto y generar plantas docentes estables.

P5: La jueza y jueces constitucionales Carmen Corral Ponce, Enrique Herrería Bonnet y Hernán Salgado Pesantes sustentaron su voto salvado, entre otras cuestiones, en que no correspondía analizar la constitucionalidad de las supuestas variaciones presupuestarias, pues aquellas se derivan de la proyección de recaudación del impuesto a la renta y del impuesto al valor agregado, lo cual es independiente del oficio circular del MEF. Además, sostuvieron que los actos impugnados constituyen normativa temporal emitida para afrontar la emergencia sanitaria actual, por lo que no son contrarios a la CRE.

La presente sentencia tiene un auto de aclaración y ampliación, emitido por el Pleno de la Corte, el 23 de septiembre de 2020.