Sentencia 873-20-EP/24

Tutela del derecho al debido proceso por la dilación excesiva en elevar un expediente para apelación y pérdida de piezas procesales.

Acción extraordinaria de protección (EP) presentada en contra de las sentencias que resolvieron en primera y segunda instancia una acción de protección (AP) propuesta contra el Gobierno Autónomo Descentralizado de Quevedo, a través de la cual se alegaba la contaminación del agua que recibían los accionantes adultos mayores. 

La Corte aceptó la demanda y declaró la vulneración a los derechos al debido proceso en la garantía de no ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del procedimiento, en concordancia con el principio de debida diligencia y la garantía de motivación, y del derecho a la tutela judicial efectiva de los accionantes del proceso de origen. Determinó que las vulneraciones se dieron como consecuencia de la dilación excesiva en elevar el expediente a la Corte Provincial de Justicia (CPJ) tras la apelación planteada por estos; así como por la pérdida del expediente y la posterior reposición parcial del mismo, y por haber resuelto el recurso de apelación sin contar con la información que no pudo ser repuesta y por haber excedido el plazo razonable para la resolución

Como medidas de reparación, la Corte dejó sin efecto la sentencia de segunda instancia y ordenó retrotraer el proceso hasta el momento anterior a las vulneraciones y que otra conformación de la Sala de la CPJ conozca el recurso de apelación. Además, dispuso que el nuevo tribunal de apelación realice las gestiones necesarias para recuperar las piezas procesales perdidas y, de no ser posible aquello, practiquen nuevamente las pruebas necesarias para que los jueces cuenten con los elementos suficientes para resolver el recurso de apelación. 

La Corte llamó severamente la atención a los funcionarios responsables de la omisión en remitir oportunamente el recurso de apelación y a los jueces que tardaron en sustanciar el recurso, y dispuso al Consejo de la Judicatura (CJ) que realice las investigaciones correspondientes.