Sentencia 746-17-EP/21

Declaración de nulidad de un auto de admisión cuando la etapa procesal ya precluyó

P1: La Corte Constitucional aceptó parcialmente la EP presentada en un juicio contencioso administrativo. La CCE determinó vulneración del derecho a la seguridad jurídica, por cuanto la Ley de Casación establece que, una vez admitido un recurso de casación, se debe sustanciarlo y dictar sentencia; sin embargo, la CNJ resolvió un tema de admisibilidad en esta fase que debía resolver el fondo.

P2: Así también, la CCE evidenció la vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva, específicamente en el derecho a obtener una respuesta sobre su pretensión, porque los jueces declararon la nulidad del auto de admisión cuatro años después de admitido el caso y devolvieron el proceso a una etapa procesal que ya había precluido.

P3: La CCE recordó que la CNJ, en ejercicio de sus atribuciones, podría establecer ciertas excepciones al principio de preclusión, pero éstas deben respetar los derechos constitucionales, en particular el derecho a la seguridad jurídica.

P4: Como medidas de reparación, se dejó sin efecto la nulidad declarada por los jueces de la CNJ y se ordenó retrotraer el proceso hasta el momento anterior a la emisión del auto que declaró la nulidad de la admisión. Esta última medida, para que la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la CNJ resuelva el recurso de casación.

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