Los actos administrativos con efectos individuales no son susceptibles de una AN
P1: La Corte Constitucional analizó una acción por incumplimiento, AN, presentada sobre disposiciones contenidas en un acto administrativo individual y en dos disposiciones de distintos cuerpos normativos, esto es, el Decreto Ejecutivo, que ordena el ascenso de tres coroneles de la Fuerza Terrestre, el Reglamento General de Condecoraciones Militares, que refiere a la forma en la cual se debe entregar una condecoración militar, y el Reglamento de Protocolo y Ceremonial Militar, que dispone sobre el protocolo y la forma en la que debe llevarse la ceremonia de ascenso, en su orden.
P2: Puntualizó que esta acción solo podría presentarse con relación a un acto normativo y a un acto administrativo de carácter general, quedando excluida la procedencia en contra de actos administrativos de efectos individuales, dado que el objeto de la AN es precautelar la vigencia y validez material del ordenamiento jurídico, mas no la ejecutabilidad de actos administrativos de efectos individuales, para los cuales existen vías judiciales y administrativas idóneas.
P3: En el caso del Decreto, la Corte observó que corresponde a un acto administrativo con efectos individuales, en virtud de lo cual rechazó por improcedente el análisis de un presunto incumplimiento. Respecto del Reglamento General de Condecoraciones Militares, no constató la existencia de la disposición jurídica que el accionante alegaba como incumplida, razón por la que se abstuvo de pronunciarse sobre tal pretensión.
P4: Al analizar el Reglamento de Protocolo y Ceremonial Militar, verificó la existencia de una obligación que fue incumplida, siendo esta la ceremonia para el accionante, debido a que fue ascendido en su momento al grado de General de Brigada. No obstante, precisó que, al haber sido dado de baja, deviene en inejecutable ordenar como medida de reparación aquello. Por tanto, concluyó que esta sentencia, por sí misma, constituye una forma reparación.