Sentencia 6-23-EI/26

Ausencia de vulneración al debido proceso cuando la decisión de justicia indígena proviene de una autoridad competente y en respeto al trámite indígena propio

El propietario de un establecimiento conocido como “Chino Bar”, ubicado en la comunidad de Ilincho Ayllullakt del pueblo Kichwa Saraguro presentó una acción extraordinaria de protección en contra de una decisión de justicia indígena (EI). La acción se dirigió en contra de la resolución de la Asamblea Comunitaria que dispuso el cierre definitivo del local. La Corte rechazó la EI al determinar que no se vulneró el derecho al debido proceso, ni en la garantía de juez competente ni en la del trámite propio de cada procedimiento.

¿Qué analizó la Corte?

Antes de analizar el fondo del caso, la Corte verificó si es que la decisión impugnada constituía una actuación de una autoridad indígena en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, dado que esto era determinante para resolver la controversia. En este sentido, concluyó que:

  1. La decisión fue adoptada por una autoridad indígena legítima, con competencia para resolver conflictos internos; y 
  2. El caso correspondía a un conflicto propio de la comunidad, ya que el funcionamiento del “Chino Bar” afectaba la armonía comunitaria y las relaciones sociales internas.

En cuanto al fondo, la Corte consideró que:

  1. La autoridad indígena actuó dentro de su ámbito de competencia, puesto que el establecimiento se encontraba dentro del territorio comunitario,
  1. La distinción entre lo “rural” y lo “urbano” no afectaba la jurisdicción indígena en este caso,
  2. El accionante incumplió compromisos previamente adquiridos con la comunidad.
  3. Sobre la garantía del trámite propio de cada procedimiento, el caso fue tramitado conforme a las prácticas y normas de la comunidad, respetando las etapas del sistema indígena Willachina, Tapuykuna, Chimbapurana, Kimpichirina y Paktachina, que estructuran este tipo de decisiones dentro de la comunidad.

Por estas razones, la Corte descartó la existencia de vulneraciones al debido proceso.

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