Sentencia 6-22-RC/22

Dictamen de vía respecto de dos propuestas de enmienda constitucional presentadas por el presidente de la República para eliminar la facultad que tiene el CPCCS para designar autoridades y modificar el mecanismo de designación de los miembros del CPCCS

La Corte Constitucional (CC), en voto de mayoría, examinó la propuesta de enmienda constitucional presentada por el presidente de la República para modificar: (i). La facultad de designación que actualmente tiene el CPCCS e introducir nuevos mecanismos de designación de autoridades mediante un procedimiento por postulación ciudadana, un procedimiento por ternas enviadas por el presidente de la República y un procedimiento público para designar los vocales del CJ; y, (ii). Modificar el mecanismo de designación de los miembros del CPCCS.

Sobre la pregunta 1, la CC indicó que, en concordancia con el dictamen 8-19-RC/19 las modificaciones propuestas no alteran la estructura fundamental de la CRE, no alteran el carácter del Estado o sus elementos constitutivos y tampoco establecen restricciones a los derechos y garantías constitucionales, por lo que puede ser tramitada vía enmienda. Con respecto a la pregunta 2, la CC consideró que, en concordancia con el dictamen 4-22-RC/22, la propuesta no alteraría la estructura fundamental de la CRE, el carácter y los elementos constitutivos del Estado y tampoco establecería una restricción de derechos o garantías constitucionales, por lo que puede ser tramitada vía enmienda.

En su voto concurrente, los jueces constitucionales Carmen Corral Ponce y Enrique Herrería Bonnet indicaron que ya se habían pronunciado en el caso 4-22-RC al no estar de acuerdo con que la pregunta 6 (relacionada con las dos preguntas de este dictamen) debería ser tramitada por vía de reforma parcial, sino que sí cabía la vía de enmienda.