Sentencia 57-23-IN/24

Régimen de seguridad social especial aplicable a los trabajadores autónomos y comerciantes minoristas.

La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 11 de la Ley de Defensa y Desarrollo del Trabajador Autónomo y del Comerciante Minorista, que establece el régimen de seguridad social especial para trabajadores autónomos y comerciantes minoristas, debido a que la norma no contó con estudios actuariales actualizados y específicos para la creación de un régimen de seguridad social especial

Por otro lado, la Corte señaló que la norma es incompatible con el derecho a la seguridad social, el principio de sostenibilidad y la garantía del debido financiamiento, al no haber previsto fuentes de financiamiento suficientes para el régimen especial. En consecuencia, la Corte llamó la atención a la Asamblea Nacional y le recordó su obligación de otorgar un tratamiento técnico a la materia de seguridad social pues las decisiones legislativas no pueden poner en peligro la sostenibilidad de los fondos prestacionales administrados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

En su voto concurrente las juezas Alejandra Cárdenas Reyes, Karla Andrade Quevedo y el juez Alí Lozada Prado, señalaron que la Corte debió declarar la inconstitucionalidad por la forma sin emitir un pronunciamiento por el fondo. En su voto salvado, el juez Jhoel Escudero Soliz estableció que, a su criterio, la Corte debió permitir al órgano legislativo subsanar la supuesta falta de estudios actuariales por parte del IESS.