Sentencia 38-19-IS/22

Obligación de los jueces de instancia de ejecutar las sentencias constitucionales y declaratoria jurisdiccional previa por manifiesta negligencia.

La Corte Constitucional (CC) declaró el incumplimiento de una sentencia de hábeas data (HD) planteado en contra de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT). La CC evidenció que la CNT no cumplió con lo ordenado en el Hábeas Data (HD). Por ello, dispuso la entrega de la información solicitada por el accionante y ordenó que la CNT inicie un proceso de investigación para identificar posibles responsables del incumplimiento.

La Corte también analizó la actuación del juez ejecutor del Hábeas Data (HD), ya que no realizó ni las acciones para cumplir o ejecutar la sentencia de HD e impuso el cargo al accionante de presentar una acción de incumplimiento, es decir, de emprender otro proceso constitucional. Esto conllevó a una vulneración a la tutela judicial efectiva del accionante, en la dimensión de ejecución de las decisiones judiciales, y provocó un daño a la administración de justicia al desconocer el carácter extraordinario de la acción de incumplimiento.

Por ende, la Corte consideró que la conducta del juez de instancia encajó en manifiesta negligencia y solicitó al Consejo de la Judicatura que de inicio al procedimiento correspondiente sobre la base de la declaratoria de manifiesta negligencia.