Sentencia 2632-22-EP/25

No procede la acción de protección (AP) en controversias de mera legalidad

Una persona presentó una AP contra la Contraloría General del Estado (CGE) al considerar que la accionada actuó fuera de plazo para ejercer su facultad de control y sanción que llevó a la emisión de su responsabilidad administrativa culposa. En primera instancia negaron la AP por considerar que se trataba de un asunto de mera legalidad y debía ser resuelto en la vía contencioso-administrativa. Ante esta decisión, el ciudadano interpuso recurso de apelación, en la cual se dejó sin efecto la resolución de la CGE, por lo que la entidad presentó una acción extraordinaria de protección (EP) contra la sentencia de la Corte Provincial. La Corte aceptó la EP.

La Corte concluyó que la controversia no se trataba sobre una vulneración directa de derechos constitucionales, sino sobre la validez y caducidad de un acto administrativo, lo cual debía discutirse en la vía judicial ordinaria correspondiente y no mediante una AP.

Así señaló que los jueces provinciales no analizaron correctamente la procedencia de la AP y que, al resolver un asunto que no era de naturaleza constitucional, vulneraron el derecho a la seguridad jurídica. Por esta razón, la Corte dejó sin efecto la sentencia de la Sala Provincial y dispuso el archivo del proceso, confirmando que la AP era manifiestamente improcedente en este caso.

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