Derechos de la Naturaleza y animales como sujetos de derechos – Caso “mona chorongo”
P1: En sentencia de revisión, la Corte Constitucional conoció una acción de hábeas corpus que pretendía la licencia de tenencia de vida silvestre y devolución de una mona chorongo, la cual vivió 18 años en una vivienda humana, situación que, al ser conocida por las autoridades públicas, dio inició a un procedimiento administrativo con la finalidad de otorgar su custodia a un Centro de Manejo autorizado. La CCE declaró la vulneración de los derechos de la Naturaleza por los hechos que terminaron en la muerte de la mona chorongo.
P2: La CCE desarrolló el análisis del caso en tres partes, mediante el planteamiento de los siguientes problemas: 1) ¿Cuál es el alcance de los derechos de la Naturaleza? ¿Es posible que abarque la protección de un animal silvestre, como una mona chorongo? 2) ¿Se han vulnerado los derechos de la Naturaleza en el caso de la mona Estrellita? 3) ¿Qué acciones o garantías constitucionales son idóneas para la protección de los derechos de la Naturaleza en general y del caso en particular?
P3: Como parte de las medidas de reparación, la CCE dispuso que la sentencia es una forma de reparación en sí misma; que el Ministerio de Ambiente con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo cree una regulación que guíe sus actuaciones para la protección de los animales silvestres; que emita una resolución normativa que determine las condiciones mínimas que deben cumplir los tenedores y cuidadores de animales; que la Defensoría del Pueblo, en un proceso participativo y con apoyo de organizaciones técnicas, elabore un proyecto de ley sobre los derechos de los animales, en observancia del contenido de la sentencia, y que la Asamblea Nacional, en el término de hasta dos años debata y apruebe tal proyecto.
P4: La jueza Carmen Corral Ponce, en su voto salvado, entre otros criterios, consideró que el hábeas corpus no procede a favor de animales silvestres en cautiverio. Destacó que, si existe un hecho reprochable, es la situación de cautiverio de la mona chorongo durante 18 años, más no las actuaciones procedimentales del Ministerio del Ambiente para dar curso a un procedimiento administrativo sancionador en cumplimiento de sus funciones determinadas en la Ley.