Obligación de aplicar el principio de favorabilidad en los procesos penales
La Corte Constitucional dejó sin efecto un auto dictado dentro de un proceso penal, al verificar que los jueces de apelación inobservaron el principio de favorabilidad. La falta de aplicación de dicho principio ocurrió debido a que los jueces se negaron a aplicar la Resolución 02-2019 de la CNJ, la cual obligaba, en el marco de delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, a aplicar el concurso ideal de los delitos y no el concurso real.
Si bien, la Resolución 02-2019 no se encontraba vigente al momento de la asignación de la pena, la Corte puntualizó que conforme a lo ya previsto en la sentencia 10-16-CN/19, la Resolución 02-2019, era aplicable inclusive para los casos anteriores a su expedición por parte de la Corte Nacional de Justicia, ya que el principio constitucional de favorabilidad expresamente permite su aplicación retroactiva.