Sentencia 228-23-EP/26
Vulneración al derecho a la seguridad jurídica por aplicar de manera retroactiva la Sentencia 83-16-IN/21, para el recálculo de pensiones jubilares
La Corte conoció una acción extraordinaria de protección (EP) presentada contra la sentencia de apelación que aceptó una acción de protección (AP) presentada contra el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) y la Procuraduría General del Estado. El caso se originó por la determinación del monto de pensiones jubilares de 30 jubilados de la Policía Nacional.
La Corte aceptó la EP.
¿Qué analizó la Corte?
La Corte examinó si la sentencia impugnada respetó los efectos otorgados por la Sentencia 83-16-IN/21 al ordenar el recálculo de pensiones jubilares con base en el artículo 25 de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional.
Al respecto, recordó que la Sentencia 83-16-IN/21:
- Declaró la inconstitucionalidad de varias disposiciones de la Ley de Fortalecimiento a los Regímenes Especiales de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
- Dispuso que el artículo 25 de la ley recuperase su vigencia desde la publicación de aquella decisión en el Registro Oficial.
- Por ello, precisó que los efectos de esa sentencia eran inmediatos y aplicables únicamente hacia el futuro.
En el caso concreto, la Corte verificó que:
- La Sala Provincial aplicó de forma retroactiva el artículo 25 para revisar pensiones jubilares calculadas entre 2018 y 2020, período en el que esa norma no se encontraba vigente.
- Ni la Sentencia 83-16-IN/21 ni su auto de verificación ordenaron el recálculo de pensiones ya determinadas o establecieron efectos retroactivos.
¿Qué resolvió la Corte?
La Corte concluyó que la Sala desconoció los efectos vinculantes de la Sentencia 83-16-IN/21 al aplicar retroactivamente una norma que no estaba vigente al momento en que se determinaron las pensiones. En consecuencia, declaró la vulneración del derecho a la seguridad jurídica y aceptó la acción.
Como medida de reparación, la Corte dejó sin efecto la sentencia de apelación y dispuso que una nueva conformación de la Sala resuelva nuevamente el recurso.
