Sentencia 2114-23-EP/26
Se vulnera el derecho a la defensa cuando se declara el abandono del recurso de casación pese a que el abogado defensor sí asistió a la audiencia
En el marco de un proceso penal en el que se declaró el abandono del recurso de casación del procesado, ante su inasistencia a la audiencia de fundamentación del recurso, la Corte examinó a través de una acción extraordinaria de protección (EP) si el auto emitido por la Sala Nacional vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de recurrir del procesado. Tras analizar el caso, la Corte aceptó la EP.
¿Qué analizó la Corte?
La Corte observó que:
- Aunque el accionante no asistió a la audiencia, su abogado defensor sí compareció y estaba debidamente autorizado para actuar en su representación.
- La Sala Nacional declaró el abandono del recurso pese a la presencia de la defensa técnica del accionante.
¿Qué concluyó la Corte?
Que el caso se ajustaba a la regla de precedente desarrollada en la Sentencia 384-23-EP/26, según la cual no corresponde declarar el abandono de un recurso cuando el abogado defensor autorizado si ha comparecido a la audiencia.
Por tanto, la Corte concluyó que la decisión judicial vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de recurrir, ya que el recurso de casación fue declarado en abandono pese a que la defensa técnica sí se presentó a la audiencia.
