Sentencia 1431-16-EP/21

Afectación de la situación jurídica por exigencia del agotamiento de un recurso no previsto en el ordenamiento jurídico

P1: En voto de mayoría, la Corte Constitucional declaró que el auto de inadmisión del recurso de casación penal, al requerir el agotamiento del recurso de apelación previo a proponerlo, cuando este no estaba previsto, vulneró los derechos al debido proceso en la garantía de recurrir y a la seguridad jurídica, dado que el auto que negó tanto la vía de la casación como la de apelación, trajo como consecuencia el archivo del proceso.

P2: La CCE determinó que el auto impugnado provocó que se niegue el acceso, tanto a la casación como a la apelación, dado que, a pesar de dictar un “auto devolutivo” este no habilitó la oportunidad de que el sujeto procesal pueda presentar el recurso que, a su criterio, faltaba agotar previo a llegar a la casación, lo cual provocó que la parte accionante quede arbitrariamente impedida de poder ejercer su derecho a recurrir.

P3: La CCE advirtió que, aun cuando existía una normativa que estaba vigente y era aplicable al caso, el Tribunal de casación cambió las reglas del juego y exigió al accionante, arbitrariamente, el agotamiento de un recurso que no estaba previsto en el ordenamiento jurídico al momento que se inició y tramitó su causa, con lo cual anuló la certeza que deben tener las partes procesales de que su situación jurídica no puede ser modificada más que por procedimientos regulares establecidos previamente.

P4: La jueza Daniela Salazar Marín, en su voto salvado, disintió con el fallo de mayoría por considerar que el tribunal de casación se limitó a verificar si la FGE agotó el recurso de apelación al cual tenía acceso en virtud del principio de igualdad de armas, conforme lo dispuesto en CPP. Por tanto, concluyó que, al no existir vulneración de los derechos alegados, cabía desestimar la EP.