Dictamen 5-25-OP/25

Objeción presidencial al proyecto de Ley Orgánica de Regulación contra la Competencia Desleal.

La Corte Constitucional revisó una objeción presidencial presentada contra varios artículos del proyecto de Ley de Regulación contra la Competencia Desleal.

¿Qué analizó la Corte?

La Corte examinó tres artículos:

  • Artículos 54 y 56: establecen multas de hasta el 12%, 10% y 1% del ingreso bruto para quienes incurran en prácticas desleales. La Corte concluyó que estas sanciones son proporcionales, claras y con criterios de graduación que evitan la discrecionalidad. Además, buscan garantizar un comercio justo y la competencia en igualdad de condiciones. Por eso, descartó las objeciones.
  • Artículo 58: disponía que lo recaudado de esas multas se destinaría automáticamente a financiar campañas de promoción de prácticas leales. La Corte explicó que esto supone una preasignación presupuestaria, algo que la Constitución no permite salvo en los casos expresamente señalados en su artículo 298 (como educación, salud o gobiernos autónomos descentralizados). En este punto, la objeción presidencial fue aceptada.

En resumen, la Corte declaró que las sanciones económicas previstas en la ley son válidas y proporcionales y no vulneran el derecho a la igualdad y no discriminación, pero eliminó la disposición sobre la preasignación automática de recursos, por ser inconstitucional.