Sentencia 54-21-IN/24

Constitucionalidad de los artículos del COIP que regulan la investigación previa y la figura para su archivo.

Acción pública de inconstitucionalidad (IN) de los artículos 585 inciso final, 586 numeral 1 y 587 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), relativos a la figura del archivo de la investigación penal previa y del trámite para el mismo. 

La Corte desestimó la IN y señaló que la norma impugnada otorga seguridad jurídica para los sujetos dentro de la investigación previa, tanto sobre los plazos máximos de duración de la misma, como sobre la posibilidad de que la investigación termine de forma anticipada cuando se configuren los supuestos establecidos. 

Además, la Corte enfatizó que, en la investigación, al no existir un proceso como tal, no se atribuye responsabilidad ni se imponen penas, por tanto, aunque solo existe la obligación de correr traslado a las partes para que se pronuncien sobre el archivo sin necesidad de una audiencia, esto no transgrede el principio de oralidad, ya que el mismo tiene como finalidad permitir la contradicción, inmediación y el ejercicio del derecho a la defensa durante la sustanciación del proceso penal. 

Finalmente, la Corte determinó que la decisión de archivo de una investigación previa permite que termine anticipadamente ante la falta de indicios del cometimiento de un delito y, al ser una fase pre-procesal, la imposibilidad de impugnar la decisión no vulnera la garantía de recurrir, ya que, incluso el COIP prevé que el archivo no es definitivo y existe la posibilidad de reabrir la investigación siempre que no haya prescrito la acción, razón por la cual, no existe el riesgo de que los delitos queden impunes por el solo hecho de la imposibilidad de impugnar su archivo.