Sentencia 1918-23-JP/26
Protección reforzada en el empleo público a personas con enfermedades catastróficas
En una sentencia de revisión, la Corte analizó una acción de protección presentada por una empleada pública contra BANECUADOR. Ella denunció que no recibió un trato adecuado en su trabajo debido a su estado de salud y que sufrió violencia psicológica. La justicia aceptó su caso, reconoció que fue víctima de posible violencia psicológica y que se vulneraron sus derechos a la salud, a la protección especial por ser parte de un grupo prioritario y al debido proceso.
¿Qué ocurrió?
Una persona que trabajaba en BANECUADOR fue diagnosticada con cáncer papilar de tiroides. Notificó formalmente a la institución sobre su enfermedad, solicitando reconocimiento como persona con una condición grave y prioritaria. A pesar de su necesidad, el su empleador no le permitió llevar agua y medicinas al trabajo, cuestionó si su tratamiento era necesario y le solicitó pruebas adicionales sobre sus citas médicas y permisos, los cuales se descontaron de sus vacaciones. También recibió tratos y comentarios negativos relacionados con su estado de salud, motivo por el cual presentó denuncias por acoso laboral y violencia psicológica. Como resultado, fue trasladada a una oficina más lejos de su casa y del centro médico donde recibía tratamiento.
¿Qué analizó la Corte?
La Corte explicó que su función es establecer cómo deben actuar las autoridades y jueces cuando un trabajador con una enfermedad grave enfrenta obstáculos en su trabajo y denuncia acoso relacionado con su salud. Determinó que:
- Las personas con enfermedades graves tienen derecho a que su entorno laboral se adapte razonablemente para facilitar su trabajo y acceso a tratamientos, y que las instituciones deben responder ante cualquier denuncia o señal de acoso, evitando discriminación y represalias. Así, decisiones sobre horarios, acceso a medicinas o traslados deben hacerse con un enfoque especial y justificado.
- Cuando hay indicios claros de maltrato relacionado con la salud y la institución no ofrece una explicación fundamentada, se presume que se han vulnerado derechos constitucionales, y los jueces deben garantizar una protección efectiva, exigiendo justificaciones sólidas y tomando medidas si es necesario.
¿Cuál fue la decisión de la Corte?
La Corte señaló que, frente a indicios de acoso laboral vinculado a la salud, los organismos públicos deben actuar con responsabilidad: prevenir el acoso con políticas claras y capacitación, proteger al trabajador de inmediato, investigar rigurosamente y sancionar para restaurar la dignidad y evitar que vuelva a ocurrir.
