Dictamen 3-25-RC/25
La Corte revisó la propuesta de enmienda al artículo 149 de la Constitución sobre las funciones de la Vicepresidencia y emitió un dictamen desfavorable.
La Asamblea Nacional presentó una reforma constitucional para modificar el artículo 149, con el objetivo de establecer “funciones propias” para la vicepresidenta o vicepresidente de la República. La Corte revisó si el mecanismo de enmienda era adecuado para tramitar esta modificación.
¿Qué revisó la Corte?
- Límites materiales de la enmienda: La Corte examinó que las enmiendas no deben alterar el carácter ni los elementos constitutivos del Estado, tampoco pueden restringir derechos o modificar el procedimiento de reforma de la Constitución.
- Funciones propuestas: La reforma pretendía otorgar nuevas atribuciones a la Vicepresidencia, como representación internacional, coordinación de programas estratégicos, supervisión de políticas públicas, promoción de derechos y presidencia de consejos interinstitucionales.
- Impacto en la Función Ejecutiva: La Corte concluyó que estas funciones podrían alterar la naturaleza unipersonal del Presidente de la República, ya que le otorgan competencias que son exclusivas del Presidente. Al asumir atribuciones estratégicas y de supervisión, la Vicepresidencia podría actuar como un órgano autónomo dentro de la Función Ejecutiva, desvirtuando su rol original de suplencia temporal del Presidente, tal como lo establece el artículo 146 de la Constitución.
En conclusión
La Corte emitió un dictamen desfavorable de vía, señalando que la modificación constitucional no puede tramitarse por este mecanismo, pues altera la estructura constitucional del Estado, en específico el diseño constitucional de la Función Ejecutiva y desfigura el rol de la Vicepresidencia.
