Sentencia 15-19-IN/25
La Corte desestimó una acción de inconstitucionalidad contra normas disciplinarias policiales porque ya no estaban vigentes.
La Corte Constitucional analizó dos acciones de inconstitucionalidad contra el Acuerdo Ministerial 5233-A de 2015, que preveía la separación inmediata de servidores policiales detenidos en flagrancia o con formulación de cargos.
¿Qué analizó la Corte?
- Verificó que las normas impugnadas ya estaban derogadas por el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP).
- El COESCOP estableció que la única causal para cesar a un policía es tener una sentencia condenatoria ejecutoriada.
- La detención en flagrancia o la formulación de cargos ya no son causales de desvinculación.
- La Corte comprobó que las normas no tenían efectos ultractivos (no podían aplicarse a hechos pasados) ni fueron reproducidas en la legislación vigente.
En conclusión, la Corte desestimó las acciones porque las disposiciones cuestionadas dejaron de formar parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano.
