Sentencia 7-23-EE/23
Renovación del Estado de Excepción en el sistema de rehabilitación social a nivel nacional.
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo No. 878, relativo a la renovación de la declaratoria de estado de excepción en todos los centros de privación de libertad a nivel nacional. La Corte señaló que las razones que originaron la declaratoria persisten de manera generalizada en todo el sistema de rehabilitación social y son consistentes con la renovación pues se encuentra latente el riesgo a la seguridad y a la vida de las personas privadas de la libertad.
Por lo expuesto, en lo principal, la Corte resolvió que una vez concluido el período de vigencia del Decreto, la Presidencia de la República, presente un informe que contenga al menos: (i) las medidas concretas adoptadas para superar la crisis por el desbordamiento de los actos delictivos y, (ii) las medidas que se adoptarán a efectos de fortalecer el sistema de seguridad interna de los Centros de Privación de Libertad. Asimismo, dispuso que la Defensoría del Pueblo continúe con el seguimiento de la implementación de las medidas dispuestas en la declaratoria del estado de excepción originario y su renovación.
En su voto concurrente, la jueza Daniela Salazar Marín, expuso ciertas puntualizaciones sobre el análisis del dictamen inicial del estado de excepción –4-23-EE/23– por no haber participado en el proceso de deliberación. En específico, la jueza expresó su inconformidad con la valoración de cuáles son las medidas que requieren un estado de excepción y cuáles pueden o deben ser tomadas por el presidente de la República y demás autoridades en el régimen ordinario.