Tercera Sala de Selección de la Corte Constitucional se instaló en sesión

Boletín Nro. 44

La Sala de Selección de la Corte Constitucional, en su tercera conformación de conformidad con el sorteo realizado el 15 de agosto de 2019, integrada por las  juezas constitucionales Daniela Salazar Marín, Teresa Nuques Martínez y el juez constitucional  Ramiro Ávila Santamaría, fue convocada a sesión, a través del Oficio Nº 0029-2020-CCE-P, suscrito por el Presidente, Doctor Hernán Salgado Pesantes, el día jueves 05 de marzo de 2020 a las 11:00, en la Sala del Pleno ubicada en el tercer piso del edificio matriz de la Corte Constitucional.

En la sesión se conocieron cuatro informes emitidos por la Secretaría Técnica Jurisdiccional, que se detallan a continuación:

El informe especial del caso No. 31-20-JH, remitido mediante Memorando No. 0051-STJ-CCE-2020 de 07 de febrero de 2020, relacionado con los temas de libertad; integridad personal; dignidad; tratos crueles, inhumanos y degradantes; tortura a una persona de la población LGBTI, fue seleccionado por unanimidad.

Se conoció un alcance al informe del caso No. 1916-19-JP, que fue remitido mediante Memorando No. 0068-STJ-CCE-2020 de 18 de febrero de 2020, relacionado con una solicitud de una becaria que cuestionó los montos que debía devolver por la beca otorgada y se dispuso unánimemente que no sea seleccionado.

Así también, se conoció el informe del caso No. 1995-19-EP, remitido a través del Memorando No. 0077-STJ-SEL-CCE-2020 de fecha 26 de febrero de 2020 y la Sala dispuso su archivo, en vista de que este caso (proceso ejecutivo) no es competencia de la Sala de Selección.

El informe especial de la causa No. 1632-19-JP, remitida mediante Memorando No. 0082-STJ-SEL-CCE-2020 de 02 de marzo de 2020, que trata acerca de los derechos de la naturaleza y las concesiones mineras en las áreas protegidas, fue seleccionado con dos votos a favor y uno en contra.

La sesión se llevó a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 198 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en concordancia con los artículos 25 y 26 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional; el literal i) del artículo 97; y, el literal b) del artículo 102 del Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Corte Constitucional.