Sentencias 2933-17-EP/22, 3329-17-EP/22 y 3392-17-EP/22

Extralimitación en la fase de admisión del recurso de casación se analiza a través de la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes

La Corte Constitucional (CC) examinó tres acciones extraordinarias de protección propuestas contra autos que inadmitieron recursos de casación, en las que los accionantes alegaron que el conjuez nacional se extralimitó en sus funciones durante el análisis de la fase de admisión del recurso de casación.

La CC determinó que para el tratamiento más adecuado de las circunstancias relacionadas con la extralimitación en la admisión del recurso de casación, y para responder los cargos de manera adecuada y específica, es pertinente hacerlo a través de la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes.

De conformidad con la jurisprudencia constitucional, para determinar si el conjuez vulneró o no la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes, la CC verificó si, (i) el auto impugnado violentó alguna regla de trámite para inadmitir el recurso de casación y, consecuentemente, (ii) si la transgresión de dicha regla de trámite afectó o no el derecho al debido proceso en cuanto principio.

Tras evidenciar que el conjuez realizó un análisis de admisibilidad, limitándose a verificar el cumplimiento de requisitos formales del recurso de casación, la CC descartó la vulneración de alguna regla de trámite, y por tanto, del derecho al debido proceso en la garantía de cumplimiento de normas y derechos de las partes.