La Corte Constitucional del Ecuador, en sesión ordinaria del miércoles 28 de octubre de 2020, emitió la sentencia dentro de los Casos Nros. 26-18-IN y acumulados (23-19-IN, 30-19-IN y 7-20-IN), acciones públicas de inconstitucionalidad en contra del artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 813, que incorporó la compra de renuncias con carácter obligatorio en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público.
Una vez analizada la norma impugnada, la Corte encontró que contraviene los derechos a la seguridad jurídica y al trabajo. En tal virtud, declaró la inconstitucionalidad de las frases que la aplicación de dicha figura es obligatoria para las y los servidores públicos.
La Corte Dijera que la declaratoria de inconstitucionalidad rige con efectos hacia el futuro, por lo que , a partir de la publicación del fallo en el Registro Oficial , no existe fundamento alguno para continuar aplicando la condición de reintegro de los valores pagados a los servidores y servidoras que fueron cesados en sus funciones por la aplicación obligatoria de la compra de renuncias con indemnización.
Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,
Corte Constitucional del Ecuador.
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