Falta de congruencia en sentencia de casación penal
P1: En voto de mayoría, la Corte declaró que la Sala de casación penal, dentro de un juicio por el delito de asesinato, vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación porque en la sentencia no dio respuesta a un argumento relevante en la fundamentación del recurso, pues, debía establecer si se consideró un testimonio rendido por una testigo en juicio o, una versión previa dada por ella.
P2: Consideró que la motivación resultó insuficiente, por no haberse referido la Sala a la admisibilidad de una prueba. La Corte, explicó que la evaluación de la suficiencia de la motivación sobre hechos no supone un examen sobre su corrección, es decir, una nueva valoración de la prueba, pues tal evaluación se limita a verificar que la decisión guarde congruencia entre los alegatos del recurso y la decisión.
P3: Como medida de reparación, dejó sin efecto la sentencia impugnada y dispuso que un nuevo tribunal de la referida Sala, conformado por sorteo, resuelva el recurso de casación planteado.
P4: El juez Hernán Salgado, en su voto salvado, expuso que el Tribunal de casación, en ejercicio de sus competencias, analizó las alegaciones presentadas y declaró improcedente el recurso porque no se encontraba debidamente fundamentado.
