Sentencia 1219-22-EP/22 Acción extraordinaria de protección que resuelve el caso de la Presidencia del Consejo de la Judicatura

En sesión extraordinaria del 26 de septiembre de 2022, el Pleno de la Corte Constitucional, por unanimidad, emitió sentencia dentro del Caso 1219-20-EP/22, en la que decidió parcialmente la acción extraordinaria de protección presentada por Álvaro Román Márquez, en contra de las sentencias emitidas: i) el 25 de febrero de 2022 por la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito; y, ii) el 22 de abril de 2022 por la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. Adicionalmente, al realizar el control de mérito dentro del proceso de acción de protección Nº. 17230-2022-02254, resolvió aceptar parcialmente la acción de protección planteada por constatar la vulneración del derecho a la seguridad jurídica del accionante por parte del Consejo de la Judicatura, junto con el Dictamen Interpretativo No. 2-19-IC/19, se prolonga que el accionante no cumple con lo previsto en el art. 179 de la Constitución de la República del Ecuador por lo que no puede ser Presidente titular de dicho organismo.

La Corte Constitucional declaró que esta sentencia constituye, en sí misma, una medida de satisfacción para Álvaro Román Márquez; y que, el Consejo de la Judicatura, en el término de cinco días deberá pedir disculpas públicas al accionante. Sin embargo, en aras de evitar que se altere la estabilidad del Consejo de la Judicatura, actualmente presidida por el vocal Fausto Murillo, ante las dificultades que conllevaría restaurar la situación anterior a la emisión de la resolución impugnada en la acción de protección, con el objetivo de preservar la institucionalidad y que no se profundice la crisis en dicha institución, así como por las situaciones jurídicas consolidadas que devienen de la actuación del vocal Fausto Murillo; este Organismo eventualmente pertinente establecer la forma de reparación indicada en favor del accionador.

Finalmente, la Corte Constitucional dispuso que el vocal Fausto Murillo, solicite al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de manera inmediata la activación del mecanismo de selección respecto del delegado de la Corte Nacional de Justicia al Consejo de la Judicatura, para presidir dicho organismo ; que en el término de cinco días, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social solicite al Presidente de la Corte Nacional de Justicia la terna para la designación del delegado, hasta que se cumpla el período para el que fueron designados los actuales miembros el Consejo de la Judicatura. La respectiva terna, a ser enviada por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 180 de la Constitución de la República.

 

Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,

Corte Constitucional del Ecuador.

 

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