Motivación incongruente en una sentencia constitucional
P1: En voto de mayoría, la Corte declaró la vulneración del debido proceso en la garantía de la motivación, al encontrar que los jueces de apelación negaron el recurso planteado en una acción de protección, con una enunciación genérica de la normativa aplicable al caso y sin pronunciamiento expreso sobre la existencia o no de vulneración de derechos constitucionales.
P2: Puntualizó que, los juzgadores omitieron analizar la presunta prescripción de la facultad sancionatoria del tribunal disciplinario que dispuso la baja policial del accionante, alegada de manera recurrente, tanto en su demanda de acción de protección, como en la audiencia pública de primera instancia, lo que derivó en una decisión incongruente.
P3: El juez Ramiro Ávila Santamaría, en su voto salvado, indicó que, en su criterio, la sentencia sí estaba motivada, y el asunto no tenía la relevancia necesaria para contribuir a la constitucionalización del sistema jurídico, por lo que no correspondía que se acepte de la demanda.