Momento procesal para solicitar la práctica de pruebas y para resolver pedidos en una AP
La Corte Constitucional descartó los cargos alegados en una EP tras verificar que las autoridades jurisdiccionales que dictaron una sentencia de apelación proveniente de una AP, se pronunciaron sobre la alegada vulneración del derecho al debido proceso en las garantías de la motivación, y de práctica de una prueba.
La Corte confirmó que el tribunal sí se pronunció sobre la presunta vulneración de los derechos del accionante y enfatizó que no es obligatoria la apertura de un término de prueba en la segunda instancia de una AP, siendo posible que las partes aporten elementos probatorios durante la sustanciación de la causa.
Asimismo, dado que la solicitud de prueba documental fue realizada el mismo día en que se emitió sentencia y considerando el proceso interno del tribunal para suscribir una sentencia en determinado día, la CCE explicó que no sería razonable concluir que esta situación configure una vulneración del derecho a la defensa del accionante, por cuanto no solicitó la incorporación de dicho elemento probatorio de forma oportuna.