Sentencia 1621-20-EP/24
Presupuesto normativo aplicado de forma irrazonable en el contexto de la pandemia.
Acción extraordinaria de protección (EP) en contra del auto que inadmitió el recurso de casación debido a que no se habría completado y aclarado el recurso, en el marco de un proceso de reivindicación de un inmueble. La Corte aceptó la EP y declaró la vulneración del derecho a la defensa en la garantía de recurrir pues la Sala de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) aplicó un presupuesto normativo de forma irrazonable, en el contexto de la pandemia.
La resolución 045-2020, emitida por el Consejo de la Judicatura, implementó en el año 2020 la ventanilla virtual para el ingreso exclusivo de escritos dentro de las causas en trámite, firmados electrónicamente. No obstante, el escrito con el que se daba cumplimiento a la disposición de completar y aclarar el recurso de casación ya había sido receptado a través de la ventanilla virtual con su firma física, por la presunta instrucción de un servidor judicial.
Por esta razón, aunque formalmente se exigía un documento firmado electrónicamente, la Sala no podía inadmitir el recurso por no aclararlo y completarlo ya que el escrito que atendió esta disposición sí fue presentado oportunamente y recibido oficialmente de forma física por la propia CNJ.
Consecuentemente, la Corte precisó que la firma electrónica sí es un requisito obligatorio para la presentación de escritos a través de la ventanilla virtual. Sin embargo, en este caso su exigencia fue aplicada irracionalmente por la CNJ, en atención a las condiciones particulares de la pandemia.