La Corte Constitucional del Ecuador obtiene el primer lugar en el “Premio Sentencias de Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional 2021”

El Premio Sentencias de Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional es una iniciativa conjunta iniciada por la fundación Sin Fronteras IAP, a la cual se ha sumado el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH, la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia A.C., la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Hispanics in Philantrophy, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, el Comité Internacional de la Cruz Roja, el Comité de Trabajadores Migratorios de la ONU, la Organización Internacional para las Migraciones, entre otros.

Estos premios buscan reconocer y visibilizar las sentencias emitidas bajo las más altas normas y estándares en derechos humanos, así como las buenas prácticas que han servido para garantizar el acceso a la justicia y el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y otras sujetas de protección Internacional en las Américas.

Las referidas sentencias fueron analizadas por un jurado conformado por cinco integrantes expertos en derechos humanos y movilidad humana. La Corte Constitucional, al cumplir con los parámetros estrablecidos, obtuvo el primer lugar con tres decisiones emitidas en esta materia:

Sentencia 2533-16-EP/21: Debido proceso en la garantía de motivación y libertad personal

Esta decisión analiza el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación en una sentencia de apelación que negó la solicitud de hábeas corpus de una persona en situación de movilidad humana. Luego del análisis correspondiente, este Organismo declaró la vulneración de este derecho. Al pronunciarse sobre el mérito de la causa, determinó que su detención en el albergue denominado “Hotel Carrión” fue ilegal y arbitraria, pues vulneró su derecho a la libertad personal.

Sentencia 639-19-JP/21: Derechos a transitar libremente, a migrar, al debido proceso y a la libertad de movimiento

La Corte Constitucional confirmó las decisiones adoptadas en instancias inferiores, esto en dos acciones de protección sobre expulsiones colectivas de personas venezolanas, y declaró que el Ministerio de Gobierno y la Policía Nacional violaron los derechos a migrar, a la libertad de movimiento y a la prohibición de expulsión colectiva.

Sentencia 2120-19-JP/21: Derecho a migrar, interés superior de niñas, niños y adolescentes, derecho a ser escuchados, derecho a la reunificación familiar

La Corte Constitucional revisó la decisión adoptada por la Unidad Judicial Multicompetente Penal con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, que resolvió la acción de protección presentada en favor de tres hermanos aquienes los agentes de control migratorio del Centro Binacional de Atención en Frontera de San Miguel de Sucumbíos (CEBAF), les impidieron el ingreso regular al territorio ecuatoriano para reunirse con su madre. La Corte Constitucional analizó los derechos constitucionales a migrar e interés superior del niño, confirmó la decisión adoptada por la referida unidad judicial y finalmente desarrolló parámetros constitucionales al respecto.

El compromiso de la Corte Constitucional ha sido permanente en garantizar la protección de los derechos de las personas y contribuir a la eliminación de estereotipos que configuren inminetes perjuicios en contra de las personas migrantes, refugiados y otras sujetas a protección internacional de todas las edades.

Estamos trabajando por todos nuestros medios para impulsar espacios de igualdad y de justicia social, 

Corte Constitucional del Ecuador.