Sentencia 1-22-IO/25

¿Existe una normativa vigente que garantice la participación política de las personas con discapacidad?

Un ciudadano presentó una acción de inconstitucionalidad por omisión relativa, alegando que la Asamblea Nacional no había dictado una norma que garantice el derecho a la participación política y representación de las personas con discapacidad, reconocido en la Constitución.

Tras el análisis, la Corte Constitucional desestimó la demanda al comprobar que ya existen disposiciones legales que garantizan estos derechos, como:

  • El voto asistido.
  • La entrega de materiales accesibles.
  • La posibilidad del voto a domicilio.

¿Qué revisó la Corte?

La sentencia examinó la Ley Orgánica de Discapacidades, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social, el Código de la Democracia, así como informes del CONADIS y del Consejo Nacional Electoral. Con base en ello, concluyó que la normativa actual sí promueve la inclusión y la participación de las personas con discapacidad, tanto en espacios públicos como privados. Por esta razón, no se identificó una omisión legislativa.

La Corte resaltó que es necesario avanzar hacia una inclusión plena y sostenida, que garantice la participación política en igualdad de condiciones. Destacó la importancia de fortalecer una cultura democrática basada en los principios de derechos humanos, igualdad, no discriminación, género, interculturalidad y paz.