El Segundo Tribunal de la Sala de Admisión admitió a trámite la acción pública de inconstitucionalidad Nro. 32-21-IN, presentada en contra de la Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 434 el 19 de abril de 2021, y concedió la medida cautelar de suspensión provisional de la vigencia de la referida ley hasta que la presente causa sea resuelta. El Tribunal tomó está decisión luego de un profundo análisis que se expone de manera amplia en el auto de admisión dejando en claro que esta decisión no consituye un juicio anticipado sobre la constitucionalidad de la ley.
Asimismo, se dispuso informar con el contenido de la demanda y con este auto a la Presidencia de la República, Asamblea Nacional, Procuraduría General del Estado e Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a efectos de que en el término de quince días intervengan defendiendo o impugnando la constitucionalidad de las normas cuestionadas.
Finalmente, el Segundo Tribunal solicitó al Pleno de la Corte el tratamiento prioritario de esta causa, atendiendo la notoria trascendencia nacional del caso y por las legítimas expectativas de las personas beneficiarias de la ley impugnada.
Por su parte, el Tercer Tribunal de la Sala de Admisión admitió a trámite la acción pública de inconstitucionalidad Nro. 34-21-IN, en contra de la misma Ley Reformatoria, y resolvió su acumulación a la causa N° 32-21-IN.
Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,
Corte Constitucional del Ecuador
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