La Corte Constitucional emitió el dictamen 6-22-RC/22, a través de cual determinó la vía correspondiente para la tramitación de dos propuestas de enmienda planteadas por el presidente de la República.
La primera propuesta busca eliminar la facultad de designación que actualmente tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) e introducir nuevos mecanismos de designación de autoridades. La Corte establece que, en la forma planteada, la propuesta mantiene los principios rectores establecidos por el constituyente —como la veeduría, la impugnación ciudadana y la evaluación de los méritos de los candidatos—, respeta la separación de poderes y el carácter republicano del Estado y no establece restricciones a los derechos y garantías.
La segunda propuesta busca modificar el mecanismo de designación de los miembros del CPCCS.
La Corte verificó que los consejeros del CPCCS serían designados a través de un procedimiento con escrutinio público y participación ciudadana, por lo que concluyó que la propuesta no altera la estructura fundamental de la Constitución, el carácter o los elementos constitutivos del Estado y no establece restricciones a los derechos o garantías constitucionales.
Con fundamento en lo anterior, la Corte determinó que la vía de enmienda propuesta por el presidente de la República es procedente para tramitar las dos propuestas.
Este dictamen de procedimiento corresponde al primer momento de actuación de la Corte Constitucional en el marco de propuestas de modificación constitucional. Procede ahora a la Corte iniciar el segundo momento, en el cual emitirá una sentencia de constitucionalidad a través de la cual realizará un control previo de constitucionalidad de los considerandos y de las preguntas 1 y 2 de la presente propuesta planteada por el presidente de la República.
Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,
Corte Constitucional del Ecuador.
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