Control de constitucionalidad a los decretos de urgencia económica y ejecutivo remitidos por la presidencia de la República del Ecuador
El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, mediante sesión jurisdiccional extraordinaria Nro. 022-E-2023, conoció y resolvió las Causas 6-23-UE y 7-23-UE, relativas a los decretos ley de urgencia económica, y a la Causa 7-23-EE, respecto al Decreto Ejecutivo 878 que solicita la renovación por treinta (30) días de la declaratoria de estado de excepción en el Sistema de Rehabilitación Social a nivel nacional.
El Pleno de la Corte Constitucional resolvió los siguientes puntos:
1. Emitir dictamen favorable a la Causa 7-23-EE: aprobar la renovación por treinta (30) días, de la declaratoria de estado de excepción por grave conmoción interna en todos los centros de privación de libertad que integran el Sistema de Rehabilitación Social a nivel nacional, sin excepción alguna, en los mismos términos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 823 de 24 de julio de 2023.
2. Emitir dictamen no favorable a la Causa 6-23-UE del proyecto de Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica para el Equilibrio, Organización y Transparencia de las Finanzas Públicas, por ser incompatible con el artículo 148 de la Constitución de la República y entrar en tensión con el principio de no regresión y el derecho a la salud; así como, contravenir de forma manifiesta la protección del derecho a la salud y el principio de sostenibilidad de la seguridad social.
3. Emitir dictamen parcialmente favorable a la Causa 7-23-UE respecto de la constitucionalidad del proyecto de Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica de Gestión de Riesgos y Desastres. El dictamen es parcialmente favorable porque la Corte determinó que algunas de las disposiciones del proyecto de Decreto Ley Orgánica son contrarias a la Constitución de la República.
El texto integro del Dictamen 6-23-UE, se encuentra disponible AQUÍ
El texto integro del Dictamen 7-23-UE, se encuentra disponible AQUÍ
El texto integro del Dictamen 7-23-EE, se encuentra disponible AQUÍ
Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,
Corte Constitucional del Ecuador