Comunicado Caso No.2137-21-EP

La Corte Constitucional del Ecuador, ante la presentación de la acción extraordinaria de protección en contra de la decisión emitida por la Sala Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, que restituyó al cargo al doctor Jorge Yunda Machado, precisa a la ciudadanía lo siguiente:

 

Las acciones extraordinarias de protección, una vez ingresadas, registradas y sorteadas a su jueza o juez ponente, pasan por una fase de admisibilidad. La jueza o juez ponente requerirá a todas las instancias judiciales que remitan a la Corte los expedientes de la causa y, de ser el caso, ordenará al legitimado activo que complete o aclare su demanda. En esta fase, la jueza o juez ponente presentará un auto al Tribunal de Admisión para que se analice si la causa puede o no ser admitida de conformidad con la ley. En la sesión del día miércoles 11 de agosto, el Pleno efectuará el sorteo de tribunales de la Sala de Admisión para el conocimiento de causas en dicha fase.

 

De ser admitida la causa, previo a iniciar la fase de sustanciación, tanto el tribunal de admisión como la jueza o juez ponente de considerar que el caso constituye una excepción debidamente justificada al tratamiento de orden cronológico, podrán solicitar al Pleno se apruebe alterar dicho orden y se conozca el caso de forma prioritaria.

 

Durante la fase de sustanciación, el juez o jueza ponente podrá realizar los actos procesales necesarios (informes, convocar a audiencia pública u otros) para elaborar un proyecto de sentencia que sea conocido en sesión del Pleno del Organismo. Su aprobación deberá contar con al menos cinco votos en favor de la ponencia.

 

 

Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,

Corte Constitucional del Ecuador.