Caso Nro. 8-21-EE

En sesión extraordinaria de 10 de diciembre de 2021, el Pleno de la Corte Constitucional, dentro de la causa N°. 8-21-EE, declaró la constitucionalidad del decreto ejecutivo No. 276 de 29 de noviembre de 2021, que contiene la renovación por 30 días del estado de excepción por grave conmoción interna en todos los centros de privación de libertad que integran el sistema de rehabilitación social a nivel nacional.

En el dictamen, analizó la constitucionalidad de las medidas extraordinarias  y limitación a derechos constitucionales dispuestas en el decreto ejecutivo. Después del análisis respectivo, la Corte concluyó que la suspensión a los derechos y las medidas extraordinarias dispuestas en el decreto ejecutivo No. 276 deben efectuarse conforme lo dispuesto en el dictamen y enfatizó al presidente de la República el extremo cuidado que debe observar en la movilización de las Fuerzas Armadas.

La Corte dispuso que la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, continúe con el seguimiento de la implementación de las medidas dispuestas en la renovación del estado de excepción e informe a la Corte Constitucional al respecto.

Asimismo, dispuso al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas brinden las facilidades necesarias para que la Defensoría del Pueblo verifique el cumplimiento de las medidas en todos los centros de privación de libertad y en sus exteriores.

Finalmente, conforme se lo ha hecho en dictámenes previos, la Corte Constitucional exhortó al presidente de la República, la Asamblea Nacional, la Función Judicial y demás funciones y órganos del Estado, como la Fiscalía General del Estado y la Defensoría Pública, para que emprendan acciones con la finalidad de implementar soluciones estructurales a la situación carcelaria en el país, más allá de las medidas extraordinarias a través del estado de excepción.

 

Garantizamos la vigencia y supremacía de la Constitución de la República,

Corte Constitucional del Ecuador.

 

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