La Corte Constitucional se pronuncia a propósito de propuestas de enmienda, reforma parcial y consulta popular

La Corte Constitucional del Ecuador, en ejercicio de sus atribuciones, adoptó tres decisiones relevantes relacionadas con propuestas de enmienda y reforma parcial a la Constitución, así como consulta popular presentadas por el Presidente de la República. A continuación, un resumen de cada dictamen:

1. Dictamen 7-25-RC/25 – Propuestas de enmienda constitucional

Se analizaron cuatro propuestas de enmienda constitucional y se concluyó que:

Sí proceden por enmienda:

1. Contratación laboral por horas en el sector turístico. La propuesta trata un ajuste limitado, aplicable únicamente al sector turístico y en la primera relación laboral, que respeta los derechos adquiridos y responde a la naturaleza estacional de esa actividad económica.

2. Reducción del número de asambleístas. La propuesta mantiene los criterios de representación territorial y poblacional, y no altera el carácter democrático del Estado.

No procede por enmienda:

3. Eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). En línea con los precedentes jurisprudenciales, la supresión de un órgano constitucional alteraría la estructura del Estado.

4. Juicio político a jueces de la Corte Constitucional. La propuesta comprometía principios fundamentales de la Constitución, como son la independencia judicial y el sistema de pesos y contrapesos.

2. Dictamen 6-25-RC/25 – Propuesta de reforma parcial sobre castración química y registro

Se analizó la propuesta de introducir, mediante reforma parcial, un mecanismo de castración química obligatoria y un registro confidencial para personas con sentencia condenatoria por delitos sexuales.

La Corte Constitucional declaró que la propuesta no procede por reforma parcial, al considerar que:

  • La propuesta no era idónea para proteger de forma efectiva a las víctimas de delitos sexuales, y que el registro sería excesivamente indeterminado, sin claridad sobre su alcance y temporalidad.
  • Además, no se verificó sustento científico que demuestre que la castración química reduce la reincidencia y que los delitos sexuales dependen solo del impulso sexual.

3. Dictamen 8-25-CP/25 – Propuesta de consulta popular sobre casinos y salas de juego

Se analizó la propuesta de consulta popular para permitir la reapertura de casinos y salas de juego en hoteles de cinco estrellas, establecer un tributo del 25% de las ventas y destinar lo recaudado a programas contra la desnutrición crónica infantil.

La Corte resolvió que los considerandos y la pregunta no cumplen con los parámetros constitucionales, por las siguientes razones:

  • Los considerandos (explicación previa al votante) no cumplían con la exigencia de claridad ni con una relación directa con la pregunta consultada, generando confusión en el elector sobre temas de los cuales carece de suficiente información.
  • La pregunta era compuesta, pues incluía tres temas distintos: reapertura de casinos en hoteles de cinco estrellas, creación del tributo y destino específico de lo recaudado. Al obligar la votación en bloque, se limitaba la libertad del elector.

Con estas decisiones, este Organismo garantiza que las propuestas de modificación al texto constitucional y las de consulta popular, respeten los límites constitucionales y se formulen con claridad y lealtad al elector.

La Corte actúa como garante de la supremacía constitucional y de los derechos fundamentales, asegurando que las decisiones democráticas se enmarquen dentro de la Constitución y la ley. 

Protegemos derechos,
Corte Constitucional del Ecuador.