La Corte Constitucional del Ecuador, ante la propuesta de convocatoria de asamblea constituyente que es de conocimiento público, respecto de la cual ya han ingresado varias demandas de inconstitucionalidad, se dirige al país:

 

  1. El Ecuador es un Estado constitucional y democrático. Nuestra Constitución nos recuerda que todas las personas, autoridades e instituciones estamos sujetos a la ley y al orden constitucional. La fortaleza de nuestra democracia se basa en el respeto a estas normas que protegen las libertades y los derechos de todos. 
  1. Las instituciones del Estado pueden actuar dentro del marco de sus competencias, ejerciendo únicamente las atribuciones que la Constitución y la ley les confieren. Este principio, que protege a la ciudadanía frente a decisiones arbitrarias, es un pilar esencial de nuestro Estado de derecho. Al mismo tiempo, el respeto a la ley es una responsabilidad compartida, pues la Constitución establece que toda autoridad pública responde por el cumplimiento de sus obligaciones. 
  1. La Corte Constitucional cumple un rol de garante de la norma suprema. Como máximo órgano de interpretación y control constitucional, tiene el deber de velar para que la Constitución se respete en cada acto del poder público. Sus decisiones y precedentes son vinculantes y de obligatorio cumplimiento. Ningún órgano puede desconocer los mecanismos constitucionales. 
  1. La Corte asegura la participación ciudadana y respeta las iniciativas de modificación constitucional con todas sus garantías. Su rol es velar con independencia que toda propuesta de modificación constitucional se ajuste a los procedimientos previstos en nuestro sistema jurídico. 

Esta Corte reafirma su compromiso de proteger los derechos de todos los ciudadanos y de garantizar la vigencia del orden constitucional y la democracia. En este sentido, hace un llamado a la prudencia y exhorta a todas las autoridades, actores políticos y sociales a conducir sus actuaciones dentro de la institucionalidad por el bien de nuestro país.