La Corte Constitucional declara inconstitucional la resolución que implementa judicaturas distritales en materia constitucional

El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, mediante la sentencia 12-25-IN/25, resolvió declarar la inconstitucionalidad de los artículos 1, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Resolución 006-2025 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, mediante la cual se creaban unidades y salas distritales especializadas en materia constitucional.

Tras un análisis exhaustivo, la Corte determinó que esta resolución vulnera el artículo 86 de la Constitución, en su versión enmendada por mandato popular en el referéndum del 21 de abril de 2024. En particular, se concluyó que el modelo distrital adoptado por el Consejo de la Judicatura limita el acceso a la justicia al concentrar la administración de garantías jurisdiccionales, cuando la norma constitucional exige una presencia amplia, territorial y especializada a nivel nacional.

Además, se consideró que este modelo restringe el derecho a la tutela judicial efectiva, al crear barreras geográficas que impiden que las y los ciudadanos accedan de forma sencilla, rápida y eficaz a juezas y jueces constitucionales especializados en sus lugares de residencia, como establece el artículo 75 de la Constitución.

La Corte enfatizó que cualquier implementación de judicaturas especializadas debe respetar la estructura y el alcance del régimen de competencias constitucionales, sin introducir mecanismos que contradigan su carácter descentralizado y orientado a la defensa de derechos.

La decisión fue adoptada por unanimidad de los jueces y juezas que integran el Pleno de la Corte Constitucional.

Corte Constitucional del Ecuador. 

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